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Cuaderno de abordo de Orientasiloe

Orientación Académica

Los alumnos de 4º de ESO podrán titularse en junio aunque tengan uno o dos suspensos

Hasta ahora se había dicho que, en estas condiciones, el título solo se podría obtener en septiembre

La Consejería de Educación de Castilla y León ha comunicado a los institutos con fecha 15 de junio que los alumnos de 4º de ESO podrán ser propuestos por el equipo de profesores del grupo para el Título de Graduado en Educación Secundaria aún teniendo una o dos áreas o materias no aprobadas tanto en la convocatoria extraordinaria de septiembre como en la evaluación de junio, siempre que estas asignaturas no sean simultáneamente las de Lengua Castellana y Literatura y Matemáticas.

Con esta nueva disposición se dejan sin efecto unas instrucciones anteriores de fecha 26 de febrero en las que se aclaraba que la titulación con áreas suspendidas sólo podría ser efectiva en septiembre.

Opciones para los alumnos que no obtengan el Graduado en Educación Secundaria

Los alumnos y alumnas que este año no consigan superar 4º de ESO en junio dispondrán de una nueva oportunidad en el mes de septiembre.
No obstante, aquellos/as alumnos/as que cumplan 18 años en 2004 y que tengan pocas posibilidades de conseguir la titulación, disponen de otras posiblidades:

a) En primer lugar, aquellos que en su día se matricularon en la prueba de acceso a ciclos formativos de grado medio pueden presentarse al examen que se realiza el día 23 de junio

b) También existe la posiblidad de concurrir a las Las pruebas pruebas libres para la obtención de Graduado en Educación Secundaria que se realizarán el día 17 de junio, siempre que lo hubieran solicitado entre el 3 y el 17 de mayo.
De todos modos, podrían examinarse también en la convocatoria de septiembre si así lo solicitan entre el 1 y el 15 de julio.

c) Pueden solicitar ya la admisión en un programa de Garantía Social entre los días 28 de junio y 2 de julio, por si fallan las opciones anteriores.

Solicitud de admisión en programas de Garantía Social

Aunque en un principio se había anunciado para el mes de septiembre, tras las pruebas de recuperación extraordinarias, el plazo de solicitud de admisión para cursar un programa de Garantía Social en el curso 2004-2005 será el comprendido entre los días 28 de junio y 2 de julio.

En caso de existir plazas vacantes podrá abrirse un plazo extraordinario del 1 al 10 de septiembre.

La matriculación se realizará del 15 al 20 de julio en el centro en el que se haya obtenido plaza.

Plazos de admisión en los Ciclos Formativos de Grado Superior

El plazo de presentación de solictudes de admisión en los Ciclos Formativos de Grado Superior será el comprendido entre los días 21 de junio y 2 de julio de 2004 (ambos incluidos).
El plazo de matrícula para los alumnos/as admitidos/as será el comprendido entre el 12 y el 20 de julio.
En caso de que, tras el proceso abierto en junio, queden plazas vacantes, se abrirá un plazo extraordinario de solocitud entre los días 1 y 10 de septiembre. En este caso, la matrícula se efectuaría entre los días 15 y 17 de septiembre (ambos incluidos)

Las solicitudes se presentarán en una única instancia en los centros sostenidos con fondos públicos que oferten Ciclos Formativos de Grado Superior en el curso 2004-2005.

La relación de plazas vacantes en cada ciclo formativo está expuesta en esos mismos centros.

Matrícula en las pruebas de Selectividad

Las pruebas de acceso a la universidad se realizarán entre el 15 y el 17 de junio.
Los exámenes de septiembre serán los días 14, 15 y 16.

La matrícula se formalizará en el instituto el hasta el 8 de junio y hasta el 7 de septiembre respectivamente.

Los alumnos y alumnas del IES Diego de Siloé se examinarán en la Facultad de Derecho.

Toda la información sobre calendario y desarrollo de las pruebas, instrucciones para la realización de los exámenes, vías de reclamación, etc, se encuentra en la
web de la UBU
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Monográfico sobre las pruebas de selectividad en Educaweb.com

Monográfico sobre las pruebas de selectividad en Educaweb.com Ante la Selectividad...tranquilidad

Se acerca el momento de enfrentarse a la prueba de Selectividad que abre las puertas de acceso a los estudios universitarios. La presión del momento, la cantidad de contenidos, la concentración en un par de días de todos exámenes, etc... son condicionantes que deben tenerse en cuenta para preparar y realizar dicha prueba. Algunos expertos recomiendan estrategias y técnicas de estudio concretas; otros, piensan que la mejor garantía para un buen resultado de la Prueba de Acceso a la Universidad es el trabajo y el estudio constante durante el Bachillerato. ¿Cuáles son las claves para superar con éxito la Selectividad?
La mejor receta para superar las Pruebas de Acceso a la Universidad es darle sólo una importancia relativa a la Selectividad. Eso es lo que dice el editor de Educaweb.com

Ver monográfico

El próximo curso no habrá itinerarios ni programas de iniciación profesional en 3º de ESO

El próximo curso no habrá itinerarios ni programas de iniciación profesional en 3º de ESO Un nuevo Real Decreto aplaza la entrada en vigor de los aspectos más polémicos de la LOCE: los itinerarios, la reválida, y la religión como asignatura evaluable

El Consejo de Ministros aprobó el viernes 28 de mayo el anunciado decreto que paraliza la entrada en vigor determinados aspectos de la LOCE. En concreto se paraliza la implantación de los itinerarios que separarían a los alumnos en asignaturas diferenciadas en 3º y 4º y las nuevas enseñanzas de religión obligatorias y evaluables.
Tampoco habrá Programas de Iniciación Profesional en 3º de ESO, por lo que es previsible que se sigan ofertando los actuales Programas de Garantía Social y de Diversificación Curricular para los mayores de 16 años.

La suspensión sólo afecta a las medidas que el gobierno anterior tenía previsto implantar a partir del curso próximo y no a los cambios que ya han entrado en vigor. Se mantienen las normas para pasar de curso y para obtener el título de secundaria así como el nuevo sistema de calificaciones implantado este curso. También seguirá habiendo exámenes extraordinarios en septiembre.

Igualmente seguirán vigentes las novedades en el sistema de selección de directores, el cuerpo de catedráticos y el Reglamento de Acceso a la Función Pública Docente.

Según ha anunciado el Gobierno, esta moratoria, aprobada en forma de Decreto Ley, permitirá la iniciación de un amplio debate con las Comunidades Autónomas y las organizaciones educativas, que culminará con un proyecto de Ley que se prevé esté listo para su discusión parlamentaria antes de finalizar el año, y entraría en vigor, tras sus correspondientes desarrollos reglamentarios, en el curso 2006-2007.

En este documento se resumen algunos de los puntos de la LOCE que quedan en suspenso y las alternativas previstas hasta la aprobación de una nueva Ley.

http://www.arrakis.es/~aclpp/DOCUMENTOS/Cambios%20LOCE.pdf

Admisión en la Universidad para el curso 2004/2005

Ya se ha abierto el plazo para realizar la preinscripción a través de Internet

Deberán realizar preinscripción para solicitar plaza todos los alumnos que deseen acceder al primer curso de las titulaciones oficiales impartidas en las Universidades Públicas de Castilla y León en el curso 2004-2005 y que reúnan o puedan reunir al finalizar el curso 2003-2004 los requisitos necesarios.

Visitar
http://www.ubu.es/inforalumno/admision/admision_1.htm

Para más información

El plazo de inscripción en las pruebas de acceso a Ciclos Formativos finaliza el 12 de mayo

La solicitud de inscripción deberá presentarse en los institutos de educación secundaria donde vayan a realizarse las pruebas.

Más información en artículo anterior

Convocadas pruebas libres para la obtención directa del Graduado en Educación Secundaria

Para aquellas personas que tengan cumplidos los 18 años en la fecha de finalización del correspondiente plazo de inscripción

Las pruebas se realizarán en dos convocatorias, el día 17 de junio y el 17 de septiembre de 2004.
Plazos de inscripción:
del 3 al 17 de mayo de 2004, ambos inclusive, para la convocatoria de junio
del 1 al 15 de julio de 2004, ambos inclusive, para la convocatoria de septiembre.

Más información
aquí

y en el BOCYL de 26/04/04

Guía del estudiante. Curso 2004-05

Guía del estudiante. Curso 2004-05 Las Guías Provinciales del Estudiante que edita la Consejería de Educación pretenden ser un guía de información sobre todo lo relativo a la oferta formativa de cada una de las provincias de la Comunidad Autónoma de Castilla y León. En ellas se hace una breve descripción del sistema educativo, así como, de los centros, las enseñanzas y servicios que dichos centros ponen a disposición de la comunidad educativa.
Ver
Guías de Estudiante
(Se necesita tener instalado en el ordenador el programa Acrobat Reader)

Las pruebas de selectividad se realizarán el 15, 16 y 17 de junio

La Comisión Organizadora de las pruebas de acceso a la universidad para Castilla y León ha fijado estas fechas para la convocatoria de junio.
Los exámenes de septiembre serán los días 14, 15 y 16.
Las pruebas serán similares a las del curso pasado, con la salvedad de que se podrá elegir entre examinarse de Historia o de Filosofía dentro de la parte común.

Consulta de plazas disponibles en centros educativos de CyL

El servidor web de la Junta de CyL ofrece la posibilidad de consultar la oferta de estudios disponibles en todas las provincias y centros de nuestra comunidad así como el número de plazas vacantes para los estudios de ESO, Bachillerato y Ciclos Formativos de Gado Medio de cara al curso 2004-2005

http://www.jcyl.es:8080/ora_rcpv/plsql/Webrcpv.inicio

Recuerda que el plazo de solicitud de admisión en centros educativos está comprendido entre los días 13 de abril y 7 de mayo.

Plazos de solicitud y matrícula para el curso 2004-2005

Plazos en centros educativos sostenidos con fondos públicos en las etapas de Infantil, Primaria y Secundaria (ESO, Bachillerato y Ciclos Formativos de Grado Medio)

Plazo para solicitar la admisión
- Del 13 al 30 de abril (ampliado hasta el 7 de mayo)

Plazos de matrícula en los centros en los que se haya obtenido plaza
- Para infantil y primaria: del 15 al 28 de junio
- Para ESO, Bachillerato y CFGM: del 1 al 15 de julio

Prueba de acceso a Ciclos Formativos
- Plazo de solicitud: del 26 de abril al 12 de mayo
- Fecha de realización de la prueba: 23 de junio

Los plazos para Ciclos Formativos de Grado Superior se publicarán más adelante

Feria LABORA 2004

Como en años anteriores la Consejería de Educación celebra en Valladolid la feria de la Formación Profesional y el Empleo.

La decha de visitas asignada a la provincia de Burgos es el 27 de abril.
Los gastos de transporte para los grupos de alumnos de los institutos corren a cargo de la Junta de Castilla y León

Orient@ - Nuevo portal de Orientación del MECD

Orient@ - Nuevo portal de Orientación del MECD Se llama orient@ y se accede desde: http://orienta.mecd.es/orienta/piop/jsp/index.jsp
Se reliza desde el MECD y, aunque está en las fases inciales de desarrollo, promete ser la referencia nacional en Orientación.

Pruebas de acceso a Ciclos Formativos de FP 2004

Se celebrarán el día 23 de junio de 2004. La solicitud de inscripción deberá presentarse en los institutos de educación secundaria donde vayan a realizarse las pruebas entre el 26 de abril y el 12 de mayo.
Descargar impreso de solicitud

BASES:

Primera.– Objeto de la convocatoria.
El objeto de la presente Orden es convocar pruebas de acceso a ciclos formativos correspondientes a formación profesional específica de grados medio y superior en el año 2004, en la Comunidad de Castilla y León.

Segunda.– Requisitos de participación.
2.1. Para concurrir a la prueba de acceso a ciclos formativos de grado medio se requerirá cumplir alguno de los siguientes requisitos:
a) Tener, como mínimo, dieciocho años o cumplirlos en el año natural en que se realiza la prueba.
b) Acreditar, al menos, un año de experiencia laboral en la fecha de realización de la prueba.
c) Haber superado un programa de garantía social, o estar en condición de haberlo superado antes de la realización de la prueba, en cuyo caso la admisión a la prueba estará condicionada a la presentación, antes de su realización, de la documentación acreditativa de haberlo superado.
2.2. Para concurrir a la prueba de acceso a ciclos formativos de grado superior se requerirá cumplir alguno de los siguientes requisitos:
a) Tener, como mínimo, veinte años o cumplirlos en el año natural en el que se realiza la prueba.
b) Tener, como mínimo, 18 años de edad o cumplirlos en el año natural en el que se realiza la prueba y estar en posesión del título de técnico en un ciclo de la misma familia profesional correspondiente al ciclo al que se quiere acceder, o estar en condición de obtenerlo antes de la realización de la prueba, en cuyo caso la admisión a la prueba estará condicionada a la presentación, antes de su realización, de la documentación acreditativa del título.

Tercera.– Formalización de solicitudes.
3.1. Las solicitudes de inscripción se presentarán conforme al modelo que figura en el Anexo I de la presente Orden.
3.2. La solicitud deberá ir acompañada de la siguiente documentación original o copia compulsada:
a) Documento nacional de identidad o pasaporte.
b) En función de cuál sea el requisito de acceso que se cumpla, de los previstos en la base segunda, apartados 2.1.b) y c) y 2.2.b), se aportará respectivamente:
– Quienes reúnan el requisito previsto en la base 2.1.b), deberán aportar acreditación de al menos un año de actividad laboral, mediante el informe de vida laboral certificado por la Tesorería General de la Seguridad Social o por la mutualidad laboral a que estuviera afiliado.
– Quienes reúnan el requisito previsto en la base 2.1.c), certificado de haber superado un programa de garantía social o certificación de estar cursándolo.
– Quienes reúnan el requisito previsto en la base 2.2.b), título de técnico, libro de calificaciones de formación profesional o certificado acreditativo de estar cursando el último curso en un ciclo de grado medio de la misma familia profesional al que se quiere acceder.
c) Además, en el supuesto de que se solicite la exención de la parte general o específica de la prueba de acceso para el ciclo formativo de grado superior, en los términos que establece la base sexta, deberá aportarse la documentación a que la citada base se refiere.
3.3. La solicitud de inscripción deberá presentarse en los institutos de educación secundaria donde vayan a realizarse las pruebas. A estos efectos, cada Dirección Provincial de Educación a propuesta del Área de Inspección Técnica Educativa, y teniendo en cuenta los ciclos formativos de grados medio y superior ofertados en su ámbito territorial, determinará la relación de estos institutos, con indicación de los ciclos formativos que en cada caso corresponda.
La relación de institutos donde deban realizarse las pruebas se publicará en el tablón de anuncios de cada Dirección Provincial al menos siete días antes del comienzo del plazo de inscripción.
Además cada Dirección Provincial remitirá copia de la mencionada relación a cada instituto de educación secundaria de la provincia, donde se publicará con la misma antelación.
3.4. El período de inscripción a las pruebas de acceso para ciclos formativos de grados medio y superior será del 26 de abril al 12 de mayo del año 2004, ambos inclusive.
Cuarta.– Contenido de las pruebas y elaboración de los ejercicios.
4.1. El contenido de las pruebas se adecuará al currículo oficial de la educación secundaria obligatoria para los ciclos formativos de grado medio y de acuerdo al currículo oficial del bachillerato para los ciclos formativos de grado superior.
4.2. La prueba de acceso a ciclos formativos de grado medio será común para todos los ciclos formativos. El aspirante deberá acreditar que posee los conocimientos y habilidades suficientes para cursar con aprovechamiento estas enseñanzas.
El contenido de la prueba atenderá los aspectos sociocultural y científico-tecnológico de la educación secundaria obligatoria, y constará de dos partes:
a) Primera parte: parte sociocultural.
– Comprensión y expresión de textos escritos con propiedad, autonomía y creatividad en castellano.
– Conocimiento de la historia, geografía, tradición y patrimonio cultural, así como análisis de los mecanismos y valores que rigen el funcionamiento de las sociedades.
b) Segunda parte: parte científico-tecnológica:
– Resolución de problemas en los campos de las matemáticas, las ciencias y la tecnología, mediante procedimientos de razonamiento lógico.
– Realización de ejercicios que utilicen códigos científicos y técnicos.
4.3. La prueba de acceso a ciclos formativos de grado superior consta de dos partes:
a) Parte general: El aspirante debe acreditar la madurez en relación con los objetivos del bachillerato, fundamentalmente en los contenidos relativos a los siguientes campos:
– Lengua Castellana y Literatura.
– Lengua extranjera (a elegir entre Inglés o Francés).
– Matemáticas. Dependiendo de la opción elegida en la parte específica, el examinando realizará el ejercicio de matemáticas (si ha elegido las opciones C o T de las previstas en el Anexo II) o el ejercicio de matemáticas aplicadas a las ciencias sociales (si ha elegido la opción H).
b) Parte específica: El aspirante debe acreditar sus capacidades referentes al campo profesional de que se trate. Para ello deberá elegir una de las opciones reseñadas en el Anexo II, en el que están asociados los ciclos formativos por su afinidad en la formación profesional de base. En cada opción se reseñan, como referente, las materias de bachillerato cuyos objetivos están en relación con esas capacidades.
4.4. Los ejercicios de las pruebas, elaborados por la Dirección General de Formación Profesional e Innovación Educativa, serán enviados en sobres cerrados y lacrados a la Dirección Provincial correspondiente para su distribución, manteniéndose la máxima confidencialidad.

Quinta.– Comisiones de evaluación.
5.1. La realización, evaluación y calificación de las pruebas corresponderá a las comisiones de evaluación.
5.2. Para la organización de dichas comisiones, los institutos de educación secundaria receptores de las solicitudes de inscripción comunicarán al Área Técnica de Inspección Educativa de la provincia el número de admitidos en cada prueba, dentro de los cinco días siguientes a la finalización del plazo de inscripción.
A la vista del número de aspirantes se establecerán las comisiones de evaluación que sean precisas, teniendo en cuenta que el número de examinados correspondientes a cada una no sea superior a 100, o lo sea en la mínima medida. Podrán asignarse a una misma comisión de evaluación los inscritos en los distintos institutos de la provincia cuando su número así lo aconseje.
Los institutos pondrán a disposición de las comisiones de evaluación los expedientes correspondientes a las personas que vayan a efectuar las pruebas de acceso a ciclos formativos.
5.3. Los miembros de las comisiones serán nombrados por el Director Provincial de Educación a propuesta del Área de Inspección Técnica Educativa de la provincia, de acuerdo con las siguientes reglas:
Presidente: un miembro del Área de Inspección Técnica Educativa de la provincia o, en su defecto, el Director de un instituto de educación secundaria.
Vocales: nombrados entre profesores pertenecientes a los cuerpos de profesores de enseñanza secundaria y de profesores técnicos de formación profesional que presten servicio en institutos de educación secundaria en las especialidades del profesorado que se describan a continuación:
a) En las pruebas de acceso a ciclos formativos de grado medio formarán parte de la comisión cuatro vocales de las siguientes especialidades:
– Parte sociocultural: Un vocal de Lengua Castellana y Literatura y un vocal de Geografía e Historia.
– Parte científico-tecnológica: Un vocal de las especialidades de Física y Química o de Biología y Geología y un vocal de alguna de las siguientes especialidades: Matemáticas, Tecnología, Profesores Técnicos de formación profesional susceptibles de ocupar plaza de la especialidad de Tecnología en cumplimiento de la disposición transitoria segunda del Real Decreto 1635/1995, de 6 de octubre.
b) En las pruebas de acceso a ciclos formativos de grado superior formarán parte de la comisión entre cuatro y seis vocales de las siguientes especialidades:
– Parte general: Un vocal de la especialidad de Lengua Castellana y Literatura, un vocal de la especialidad de Inglés o Francés y un vocal de la especialidad de Matemáticas.
– Parte específica: Un vocal para cada una de las materias de la parte específica, de las especialidades que se detallan en el Anexo III.
– Cuando una comisión de evaluación actúe sobre inscritos de dos o más opciones de las previstas en el Anexo II de la presente Orden, el presidente propondrá incorporar los asesores docentes que sean precisos en función de las materias correspondientes a cada una de las opciones.
Secretario: actuará como tal el vocal de menor edad.
5.4. Los Directores Provinciales de Educación propondrán a la Dirección General de Formación Profesional e Innovación Educativa, al menos veinte días antes del inicio de las pruebas, los institutos donde habrán de actuar las comisiones establecidas, expresando el número de éstas y los tipos de pruebas correspondientes a cada una de ellas y especificando los institutos donde deban examinarse quienes han cursado un programa de garantía social. De no recibirse en el plazo de cinco días ninguna comunicación de la citada Dirección General, se entenderán aceptadas las comisiones establecidas.
5.5. Con antelación al comienzo de las pruebas, la Dirección Provincial de Educación correspondiente comunicará a los institutos las comisiones designadas, la relación de aspirantes que concurrirán a las pruebas y el lugar de celebración de las mismas. Las listas se harán públicas en cada uno de los institutos receptores de inscripción, al menos dos semanas antes del comienzo de las pruebas.
5.6. La constitución de las comisiones de evaluación se realizará 10 días antes del comienzo de la prueba. En la sesión de constitución se dará lectura a esta Orden.

Sexta.– Exenciones en las pruebas de acceso a ciclos de grados superior.
6.1. De la parte específica de la prueba de acceso a los ciclos de grado superior quedarán exentos quienes acrediten una experiencia laboral de al menos de un año que se corresponda con los estudios profesionales que se deseen cursar. Los interesados en esta exención deberán hacer constar esta circunstancia en la solicitud de inscripción, acompañando los siguientes documentos:
a) Certificación de la Tesorería General de la Seguridad Social o de la mutualidad laboral a la que estuviera afiliado, donde conste la empresa, la categoría laboral (grupo de cotización) y el periodo de contratación, o, en su caso, el período de cotización en el régimen especial de trabajadores autónomos.
b) Certificación de la empresa donde haya adquirido la experiencia laboral, en la que conste específicamente la duración del contrato, la actividad desarrollada y el número de horas dedicadas a la misma. En el caso de trabajadores por cuenta propia, certificación de alta en el Impuesto de Actividades Económicas y justificantes de pago de dicho impuesto.
6.2. Quedarán exentos de la realización de la parte general de la prueba de acceso a los ciclos de grado superior quienes acrediten haber superado totalmente la prueba de acceso a la Universidad para mayores de 25 años. Los interesados en la exención deberán hacerlo constar en la solicitud de inscripción y acompañar la certificación académica que lo acredite.
Igualmente quedarán exentos de la realización de la parte general de la prueba de acceso de grado superior quienes hubieren superado la prueba de acceso a ciclos de grado superior para una opción distinta a la que pretende acceder y lo acrediten suficientemente.
6.3. En la sesión de constitución de las comisiones de las comisiones de evaluación se constituirán las comisiones de valoración de la documentación aportada para las exenciones a que hacen referencia los apartados anteriores.
6.4. La comisión encargada de la valoración de la documentación acreditativa para la exención de la parte general estará formada por el presidente y los miembros de la comisión de evaluación que actúen como vocales de la parte general.
La comisión encargada de la valoración de la documentación acreditativa para la exención de la parte específica estará formada por el presidente y los miembros de la comisión de evaluación que actúen como vocales para la parte específica de la opción correspondiente.
6.5. El resultado de su valoración quedará reflejado en un informe dirigido al Director del instituto de educación secundaria donde se haya formalizado la inscripción, que lo comunicará al aspirante una semana antes de la fecha de realización de la prueba. Dicho informe se adjuntará a la solicitud de inscripción del aspirante mediante la correspondiente diligencia.
6.6. En el plazo de dos días hábiles desde la comunicación del resultado de la valoración se podrán presentar reclamaciones ante la comisión de valoración, que en el plazo de 24 horas confirmará o modificará los resultados, comunicándolo al interesado. Si éste no estuviera de acuerdo con la resolución de la reclamación que se hubiere dictado por la comisión, podrá plantear contra la misma recurso de alzada en el plazo de un mes ante el Director Provincial de Educación, cuya resolución agotará la vía administrativa.

Séptima.– Desarrollo de las pruebas.
7.1. Las pruebas de acceso se celebrarán el día 23 de junio de 2004, ajustándose a lo dispuesto en la presente Orden.
7.2. El calendario de las pruebas deberá ser expuesto en el tablón de anuncios del instituto en que se realicen, indicando expresamente el lugar donde hayan de efectuarse y los útiles con los que deberán acudir los aspirantes para la realización de la prueba.
7.3. Las pruebas seguirán el orden y el horario que a continuación se expresa:
– A las ocho treinta horas: reunión de cada comisión de evaluación. El presidente procederá a la apertura del sobre con los ejercicios de la prueba de acceso, los cuales quedarán bajo su custodia. Se adoptarán las medidas oportunas que garanticen la organización y desarrollo de estos ejercicios, de acuerdo con las disponibilidades de recursos humanos y materiales del instituto.
a) Pruebas de acceso a los ciclos formativos de grado medio:
– A las nueve treinta horas: ejercicio de la parte científico-tecnológica. Duración, dos horas.
– A las doce horas: ejercicio de la parte sociocultural. Duración dos horas.
b) Pruebas de acceso a los ciclos formativos de grado superior:
– A las nueve treinta horas: primera fase de la parte general. Tendrá una duración de dos horas y media y se corresponderá con la realización de los ejercicios de las áreas de conocimiento de Lengua Castellana y Literatura y de Lengua extranjera.
– A las doce treinta horas: La segunda fase se corresponderá con la realización de los ejercicios del área de conocimiento de Matemáticas. Tendrá una duración de dos horas.
– A las dieciséis treinta horas: parte específica. El aspirante realizará los ejercicios de la opción vinculada al ciclo formativo para el que ha solicitado la prueba de acceso, según el Anexo II. La duración máxima de cada ejercicio de esta parte será de dos horas, a excepción de la prueba de Educación Física que estará en función del número de aspirantes y de las instalaciones.
Octava.– Evaluación y calificación de las pruebas.
8.1. Para los alumnos que hayan cursado un programa de garantía social y presenten certificación que acredite haberlo superado, la comisión al evaluar tendrá en cuenta el informe emitido por el equipo de profesores del alumno. A estos efectos estos informes deberán ser remitidos una semana antes del comienzo de las pruebas al Área de Inspección Técnica Educativa de la provincia, que enviará a su vez copia a los Presidentes de las comisiones de evaluación respectivas.
8.2. Una vez evaluadas las pruebas, las comisiones de evaluación procederán a la calificación de cada una de las partes en los términos de «apto», «no apto» o, en caso de exención de alguna de las partes en ciclos de grado superior, «exento».
8.3. La comisión levantará un acta de evaluación por cada prueba y opción según los modelos del Anexo IV, que reflejará la calificación de cada parte, o, en su caso, la exención, así como la calificación global de los examinados, en los términos de «apto» o «no apto». Para obtener una calificación global de «apto» será necesario superar cada una de las partes que componen la prueba de acceso.
8.4. Los resultados de las pruebas se harán públicos en los centros donde se hayan realizado.
Novena.– Procedimiento de reclamación.
9.1. En el plazo de dos días hábiles desde la publicación de los resultados se podrán presentar reclamaciones ante la comisión de evaluación, que en el plazo de veinticuatro horas confirmará o modificará los resultados, comunicándolo al interesado.
9.2. Si algún interesado no estuviera de acuerdo con la resolución de la reclamación que se hubiere dictado por la comisión, podrá plantear contra la misma recurso de alzada en el plazo de un mes ante el Director Provincial de Educación, cuya resolución agotará la vía administrativa. En este caso, el presidente de la comisión remitirá a la Dirección Provincial los ejercicios realizados por el reclamante, junto con sus alegaciones y, en su caso, cuantos informes estime convenientes.
Décima.– Custodia de la documentación y traslado de los resultados.
10.1. Las actas originales y los ejercicios correspondientes quedarán archivados en el instituto donde se haya realizado la prueba.
10.2. Se remitirá una copia de las actas al Área de Inspección Técnica Educativa de la provincia para su estudio. Este Área remitirá un informe estadístico de los resultados de las pruebas a la Dirección General de Formación Profesional e Innovación Educativa en el plazo de veinte días naturales contados a partir del día de celebración de las pruebas. El informe incluirá los datos estadísticos que acompañan al acta de evaluación, según el modelo que figura en el Anexo IV.
Undécima.– Certificación de la prueba.
11.1. Quienes hayan alcanzado calificación global de apto podrán solicitar en el instituto correspondiente la expedición del certificado acreditativo de la superación de la prueba, ajustándose a lo dispuesto en la legislación vigente.
En ningún caso se extenderá certificación parcial de superación de partes de la prueba.
11.2. En la certificación que se extienda a quienes hayan superado la prueba de acceso a ciclos de grado medio deberá constar que permite cursar cualquiera de éstos.
11.3. En la certificación que se extienda a quienes hayan superado la prueba de acceso a ciclos formativos de grado superior deberá constar la denominación de cada uno de los ciclos formativos a los que da acceso, según las opciones que figuran en el Anexo II de la presente Orden. Para aquellos examinandos que concurran a esta convocatoria reuniendo el requisito de acceso expresado en la base 2.2.b) de la presente Orden, en la certificación se hará constar el nombre de los ciclos formativos que, dentro de la opción elegida, pertenezcan a la familia profesional del título de técnico acreditado para presentarse a la prueba.
11.4. Para facilitar la movilidad del alumnado, la certificación que se obtenga tras la superación de la prueba de acceso a los ciclos formativos de grado medio o grado superior de formación profesional específica, tendrá validez como requisito de acceso en todo el Estado, manteniendo su vigencia siempre que no se modifique el título y las enseñanzas correspondientes al ciclo formativo.
11.5. El certificado acreditativo produce efectos como requisito de acceso en los procedimientos de admisión y matriculación en los ciclos formativos, pero no implica que el solicitante haya sido admitido para cursar un determinado ciclo formativo.
11.6. En los procesos de admisión, quienes estén en posesión del citado certificado podrán optar a la reserva de al menos el 20 por 100 de las plazas que se oferten para cada ciclo formativo de formación profesional de grados medio y superior.
Duodécima.– Base final.
Se faculta al Director General de Formación Profesional e Innovación Educativa para dictar cuantas resoluciones e instrucciones sean necesarias para el cumplimiento de lo previsto en la presente Orden.

Valladolid, 27 de enero de 2004.
El Consejero,
Fdo.: Francisco Javier Álvarez Guisasola

Anexos

El 77 por ciento de los universitarios encuentra trabajo antes de un año

La Encuesta de Inserción Laboral de la ANECA acredita un rápido acceso de los titulados universitarios al mercado de trabajo. El 77% de los cuestionados manifestó haber encontrado empleo en menos de un año tras su licenciatura, y un 53% sólo necesitó tres meses. Apenas uno de cada diez licenciados entrevistados se encuentra en paro actualmente

Madrid, 21 de enero de 2004. Según datos obtenidos por la Encuesta de Inserción Laboral de los titulados universitarios, promovida y financiada por la Agencia Nacional de Evaluación de la Calidad y Acreditación (ANECA), y que se está llevando a cabo en 182 titulaciones de 30 universidades (26 públicas y 4 privadas), el 77% de los universitarios entrevistados accedió a un empleo durante el año siguiente a su licenciatura, mientras que más de la mitad de los encuestados –un 53%- encontró trabajo en tres meses. Al mismo tiempo, sólo uno de cada diez licenciados manifestó encontrarse en estos momentos en situación de desempleo, lo que debilita la idea de que la Universidad española es una 'fábrica de parados'. La muestra de la encuesta -5.565 entrevistas en todo el territorio nacional- la constituyen los alumnos que terminaron sus estudios en el año 2000 en las universidades participantes.
Alto índice de satisfacción
Otras conclusiones de la encuesta muestran que el 65% de los entrevistados considera que desempeña un trabajo adecuado a su formación, y hasta el 71% manifiesta una alta satisfacción laboral. La mitad de los encuestados continúa en su primer empleo. Por otro lado, el 74% afirmó haber buscado activamente un trabajo, siendo la vía principal para su obtención las relaciones personales -24%-, seguida de los contactos con los empleadores -20%- y la respuesta a ofertas -12%-. El primer contrato de trabajo tras la graduación fue temporal en el 40% de los casos. En relación con la formación, el 70% de los licenciados señaló que la elección de su carrera fue vocacional, el 76% pudo cursar los estudios que quería, el 72% volvería a elegirlos, mientras que el 76% valora muy positivamente la utilidad de los mismos.
Relación Universidad-Mercado Laboral
La Agencia Nacional, consciente de la importancia de adecuar los estudios superiores a las necesidades de la sociedad y de acuerdo con su objetivo de colaboración con las universidades, ofreció a éstas su cooperación para la realización de una encuesta común de inserción laboral de los egresados, que ha tenido una amplia respuesta.
Los resultados presentados hoy, tras las entrevistas realizadas a los licenciados, forman parte de un proyecto más amplio que pretende conocer el estado actual de la relación entre la Educación Superior y el mundo laboral. Para ello se realizarán, además de a los egresados, encuestas a los actuales alumnos y a los empleadores. Esto supondrá la realización de un cuestionario diferente para cada colectivo (estudiantes, titulados y empresas), lo que permitirá contrastar las opiniones de los tres grupos, comparar resultados y obtener una valiosa información que pueda ser utilizada para mejorar la sintonía entre la oferta universitaria y la demanda social

Publicados en el BOE los reales decretos que regularán la PGB y el acceso a la Universidad

Publicados en el BOE los reales decretos que regularán la PGB y el acceso a la Universidad La nueva PGB sustituirá a la actual selectividad desde el curso 2005-2006

• La Prueba General de Bachillerato (PGB) se realizará tras haber aprobado todas las asignaturas del Bachillerato y su superación dará derecho a la obtención del Título de Bachiller
• La calificación final de Bachillerato, con la que los alumnos concurrirán para acceder a la Universidad, estará compuesta en un 60% por las calificaciones obtenidas en los dos cursos de esta etapa y en un 40% por la nota de la PGB
• Como requisito general, para acceder a la Universidad bastará con tener el Título de Bachiller
• Las Universidades, si así lo desean, podrán establecer procedimientos adicionales de admisión. En todo caso, la nota del Bachillerato primará sobre estos criterios adicionales, ya que supondrá un 60% de la nota de acceso. Las Universidades públicas no podrán dejar plazas vacantes

Composición de la prueba
La PGB tendrá, como la actual Selectividad, una parte común para todos los alumnos y una parte específica dependiendo de la modalidad de Bachillerato que se haya estudiado (Artes, Ciencia y Tecnología o Humanidades y Ciencias Sociales).
La parte común tendrá como objetivo comprobar la formación general y la madurez de los alumnos. Tendrá tres ejercicios: historia o filosofía, lengua castellana e idioma extranjero (parte escrita y parte oral)
La segunda parte de la prueba, que constará también de tres ejercicios, tendrá como objetivo comprobar los conocimientos adquiridos en las asignaturas específicas de cada modalidad.

Calificación de la PGB
Cada una de las dos partes de la PGB recibirá una calificación independiente, que será la media de las puntuaciones de los ejercicios que la integran (cada ejercicio será valorado de cero a diez puntos). La calificación global de la prueba será el promedio de las calificaciones de las dos partes.
En aquellos casos en los que un alumno haya suspendido el conjunto de la PGB pero haya aprobado una de sus dos partes con cinco puntos o más, se incluye la novedad de que esta calificación de la parte aprobada tendrá validez para las siguientes convocatorias a las que se presente el alumno.

Nota del Título de Bachiller
La nota final del Título de Bachiller, con la que los alumnos optarán al acceso a la Universidad, estará compuesta en un 60% por las notas obtenidas en los dos cursos del Bachillerato y en un 40% por la nota obtenida en la PGB, tal como solicitó el Consejo Escolar del Estado. Para hacer esta ponderación, será requisito imprescindible haber obtenido en la prueba un mínimo de cinco puntos.

Más información

Orientación Visual-VIDEOS DE ORIENTACIÓN

Para el presente curso hemos adquirido los videos sobre profesionaes universitarias de Editorial Visual. Están en soporte DVD y en cada película puedes encontrar las ocupaciones más habituales de los titulados universitarios y las pasarelas a los estudios de segundo ciclo.
DVD 1
TÉCNICAS I (18 min)
TÉCNICAS II (19 min)
CIENCIAS DE LA NATURALEZA (19 min) ver carreras
DVD 2
CIENCIAS DE LA SALUD (20 min)
CIENCIAS SOCIALES (18 min)
HUMANIDADES, EDUCACIÓN Y ARTES (20 min)

Este material se pondrá a disposición de los tutores de Bachillerato para que puedan utilizarlo en su labor de orientación a los alumnos